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¿Está obligada su empresa a auditar sus cuentas?
Compruébelo con los datos de su último ejercicio cerrado. Es orientativo, funciona solo en su navegador y no guarda nada.
¿Está obligada su empresa a auditar?
Introduzca los datos de su último ejercicio cerrado. La comprobación es orientativa y no guarda ningún dato.
Según los límites del art. 263 de la Ley de Sociedades de Capital vigentes en 2026.
Cómo se calcula
Una sociedad está obligada cuando, durante dos ejercicios seguidos, supera al menos dos de estos límites a la fecha de cierre:
- Activo total: más de 2.850.000 €
- Cifra de negocios: más de 5.700.000 €
- Plantilla media: más de 50 personas
Otros casos en los que es obligatoria
- Subvenciones o ayudas públicas de más de 600.000 € en un ejercicio.
- Contratos con el sector público de más de 600.000 € que superen la mitad de la cifra de negocios.
- Petición de un socio con al menos el 5 % del capital.
- Obligación por estatutos o por orden judicial.
Está en tramitación una reforma que elevaría los límites de activo y de cifra de negocios. Si su empresa está cerca, le confirmamos la norma aplicable a su ejercicio.
Cuéntenos su caso
Le respondemos con una primera valoración de su caso y, si lo desea, una propuesta a medida.
- OficinaC/ Uría, 46, 4º izq.
33003 Oviedo, Asturias - Teléfono985 27 60 58
- Correoaudiastur@audiastur.com
- HorarioDe lunes a viernes, de 9:00 a 14:00